REFORMA PROCESAL

REFORMA PROCESAL
Reforma Procesal

Entran en vigor las medidas para un Servicio Público de Justicia más eficiente

Desde este 20-03-2024 se marca un hito en la modernización del sistema judicial español con la entrada en vigor de las medidas de la Reforma Procesal, aprobadas en diciembre de 2023. Estas reformas buscan agilizar los procesos, reducir la carga de trabajo de los tribunales y mejorar la accesibilidad a la justicia para todos

Las medidas clave de la Reforma Procesal incluyen:

  • Implementación de la justicia digital: Se amplía el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos judiciales, incluyendo la presentación de escritos y documentos, la celebración de vistas telemáticas y la gestión electrónica de expedientes.
  • Especialización de los juzgados: Se crean nuevos juzgados especializados en materias como la violencia de género, los delitos económicos y los asuntos de familia.
  • Mejora de la asistencia jurídica gratuita: Se amplía el acceso a la justicia gratuita para las personas con escasos recursos.
  • La eliminación de barreras que puedan impedir a las personas mayores participar en los procesos judiciales en igualdad de condiciones.
  • La ampliación de materias que, con independencia de la cuantía económica de la cuestión controvertida, se tramitarán por un procedimiento más sencillo.

Se espera que la Reforma Procesal tenga un impacto positivo en el sistema judicial español, mejorando la eficiencia, la transparencia y la accesibilidad de la justicia.

Por razón de la cuantía, pasan a decidirse por trámites más sencillos las controversias por un objeto o derecho de cuantía no superior a 15.000 euros, en vez del límite de los 6.000 euros que había hasta ahora.

Algunos de los beneficios esperados son:

  • Disminución de la carga de trabajo de los tribunales.
  • Mejora de la calidad de las resoluciones judiciales.
  • Mayor satisfacción de los usuarios del sistema judicial.
  • Modificaciones para agilizar los procesos de familia. Destaca la posibilidad de acumular la acción de liquidación del régimen económico matrimonial y la acción de división de la herencia, cuando la disolución del régimen económico se deba al fallecimiento de uno o ambos cónyuges y haya identidad subjetiva entre los legitimados para intervenir en uno y otro procedimiento, sustanciándose ambas por el procedimiento de división judicial de herencia.
  • Las modificaciones introducidas en el proceso de desahucio o recuperación de la posesión de una vivienda.

La entrada en vigor de la Reforma Procesal es un paso importante en la modernización del sistema judicial español. Se espera que estas medidas contribuyan a una justicia más ágil, eficaz y accesible para todos.

Esta noticia proviene del apartado de actualidad inmobiliaria en Hiperfincas.com.

Noticia original aquí.

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